Proceso electoral. Procedimiento electoral

15 junio, 2018 y

Conjunto de actos que se desarrollan a través de distintas etapas y que se encuentran orientados a la conformación final de las instituciones de representación del Estado. Una elección es un proceso que no se limita a la jornada electoral en sí, sino que abarca distintas fases, como el diseño del marco jurídico, la creación de una administración electoral, la elaboración del censo electoral, la inscripción de partidos políticos y candidatos, la campaña electoral, la votación, el recuento y agregación de resultados, y la resolución de recursos y apelaciones (Servicio Europeo de Acción Exterior, 2016).

El desarrollo de este término ha ido aparejado a la propia consolidación de la democracia en los distintos países. Así, un elemento esencial de cualquier sistema democrático es el reconocimiento del derecho de sufragio y la celebración de elecciones libres y competitivas, y como tal, el procedimiento electoral reviste una serie de particularidades estrechamente vinculadas a los avatares históricos y políticos de cada territorio, sin que sea posible unificar unos orígenes comunes aplicables a todo proceso.

Las fases del procedimiento electoral pueden concretarse, según González (1996), en las siguientes: la primera de ellas sería introductoria, y se correspondería con la convocatoria de elecciones y la proclamación de candidatos; la segunda sería constitutiva, y regularía la emisión del sufragio y el control y verificación del escrutinio; y la última fase sería la integradora de la eficacia, relacionada con los actos de proclamación de candidatos electos y el procedimiento de investidura (González, 1996: 39).

De una forma más detallada, podemos señalar que la fase introductoria comprende la convocatoria de elecciones, la activación de los órganos de administración u organización electoral, la regulación censal, la inscripción y posterior proclamación de candidaturas, la resolución de los posibles conflictos surgidos en torno a estas candidaturas, y concluye con el desarrollo de la campaña electoral. En algunos Estados, además, es necesario que el elector se inscriba o solicite su cédula para poder votar (ejemplo de México).

La campaña electoral es aquel conjunto de actividades lícitas que se realiza en el periodo previo a la convocatoria electoral, una etapa en la que los candidatos o partidos políticos desarrollan sus mecanismos de contienda electoral siguiendo una estrategia para conseguir el voto de los ciudadanos. La duración y características de las campañas difieren en función de lo determinado en las normas electorales que resulten de aplicación en cada proceso. Tampoco cumplen las mismas funciones, ni revisten la misma importancia en todos los sistemas electorales (González, 1996: 40).

Por otra parte, en la fase constitutiva cabría identificar un momento inicial de votación, y el escrutinio en una segunda instancia. Durante la votación, el ciudadano ejerce su derecho de sufragio mediante un acto electivo –la emisión del voto-, y en el posterior escrutinio se manifiesta la voluntad de los ciudadanos mediante la agregación de sus preferencias singulares. El voto puede asimismo haber sido emitido de forma anticipada al día de la votación (Véase también: voto anticipado).

Después del escrutinio de los votos emitidos y la cumplimentación y entrega de las debidas actas ante la autoridad electoral competente, se procede a la validación y control de estas actas, a la resolución de recursos que hubieran podido interponerse, y finalmente, a la proclamación de las candidaturas electas. Dependiendo de la extensión del ámbito territorial de la elección, así como de los recursos disponibles para la agilización de trámites, los resultados definitivos se proclaman en un mayor o menor lapso de tiempo. En cualquier caso, gracias al desarrollo de las nuevas tecnologías, se ha vuelto frecuente que los medios de comunicación ya difundan resultados electorales provisionales a las pocas horas del cierre de los centros electorales.

El principal órgano encargado del desarrollo y la supervisión del procedimiento electoral es la administración electoral, que puede adoptar distinta estructura en función de los Estados. Por lo general, se trata de una estructura organizativa puesta al servicio de los ciudadanos para “la ordenación, vigilancia, impulso y encauzamiento de los procesos electorales que se celebren” (González, 1996: 67). Le corresponde, por tanto, en términos generales, la tutela del conjunto del proceso electoral.

En este sentido, para garantizar sus funciones con independencia de las particularidades de cada Estado, El Instituto Internacional para la Democracia y Asistencia Electoral (International IDEA, por sus siglas en inglés), estableció unas “normas mínimas universales” para la “administración electoral y ética profesional”. Para asegurar tanto la apariencia de integridad como la integridad real del proceso electoral, la administración electoral debe basarse en los siguientes principios éticos fundamentales: a) respeto a la ley, b) independencia y neutralidad, c) transparencia, d) minuciosidad, y e) orientación de servicio (Nohlen, 2007: 79).

El éxito del proceso electoral y el ejercicio efectivo del derecho de sufragio se concretan si existe una administración electoral independiente del Poder Ejecutivo, dotada de medios y recursos, y capaz de supervisar el mismo sin la injerencia de otros actores. Dado esto, en la mayoría de países se ha tratado que las personas designadas para esta responsabilidad fueran garantes de la imparcialidad. Una excepción notable que podría señalarse es el caso de Colombia, donde los magistrados del Consejo Nacional Electoral son elegidos por el Congreso a través de los propios partidos (art. 264 Constitución de Colombia).

Además de la administración electoral propiamente dicha, es posible que el control del procedimiento electoral termine efectuándose por órganos judiciales, especialmente en aquellos casos en que la resolución de los recursos planteados ante los órganos electorales no satisface a las partes. En el caso español, se trata de un proceso común en el que serán competentes las Salas de lo Contencioso. En el caso de presentarse un recurso de amparo por considerar la vulneración de un derecho fundamental, será competente el Tribunal Constitucional.

El censo o padrón electoral es el registro que contiene los datos de los ciudadanos que reúnan las condiciones para ejercer el derecho de sufragio, y no se hallen privados del mismo. El censo se actualiza con anterioridad a los procesos electorales, y comprende datos personales sobre los ciudadanos que determinarán el lugar donde éstos deban votar en la jornada electoral. Asimismo, de los datos censales depende la actualización de las cuotas de representatividad a determinados niveles (por ejemplo, el número de concejales en los municipios españoles).

Además de los ciudadanos censados y residentes en el territorio en que se va a efectuar la elección, es posible que los Estados cuenten con un censo o padrón de electores residentes en el extranjero, de cuya actualización se encargan los respectivos consulados. A través de estos censos, se canaliza el voto de quienes no residen en el territorio en que se convoca la elección, pero conservan el derecho a votar en dichos procedimientos. La determinación de esta población y garantizarle el correcto ejercicio del voto constituye una de las dificultades con que pueden encontrarse los Estados al canalizar el voto emitido desde el extranjero.

Durante los procedimientos electorales, cabe la posibilidad de que se efectúen observaciones electorales por parte de observadores procedentes de otros países o representantes de organizaciones internacionales. Tal es el caso de la Unión Europea, que puede organizar misiones de este tipo durante el desarrollo de determinados procesos, durante los cuales los integrantes de las misiones realizan una observación participante y un análisis de documentos relevantes con el objetivo de emitir informes que certifiquen el cumplimiento de estándares democráticos.

Bravo Valdés, Juan Pablo (2013). Manual de Derecho electoral. Santiago de Chile: Legal Publishing.

González, Juan Carlos (1996). Derecho electoral español: normas y procedimiento. Madrid: Tecnos.

Nohlen, Dieter et al. (eds.) (2007). Tratado de Derecho electoral comparado de América Latina. México D.F.: Fondo de Cultura Económica.