Voto anticipado

15 junio, 2018 y

Procedimiento contemplado en ciertas elecciones para permitir el ejercicio del derecho de sufragio de una forma más amplia y que favorezca la participación, de modo que la emisión de este sufragio no se contempla en un único día, sino que puede realizarse antes de la jornada electoral, si bien el recuento no se realiza hasta este mismo día.

Este tipo de voto puede ejercerse bien en persona, a través de locales electorales habilitados en el territorio o en el extranjero, generalmente gracias a la cooperación de las diferentes sedes consulares, bien por correo, de forma que no se requiere la presencia física del elector en el local electoral durante la jornada de votación.

Asimismo, por motivos de accesibilidad, el voto anticipado se contempla en determinados territorios que cuentan con regiones de difícil acceso o cuyos habitantes difícilmente pueden desplazarse. En estos casos, se activan mecanismos para hacer llegar la posibilidad de votar a estos ciudadanos, tales como las unidades móviles de votación.

Los plazos y características de la votación anticipada se determinan en el régimen electoral de cada Estado, si bien suelen oscilar entre uno y quince días de anticipo, aunque lo habitual es que oscilen entre cinco y quince. En estos días, debe permitirse habilitar y disponer de todos los medios y materiales necesarios para poder efectuar una votación con las debidas garantías, así como para que los sufragios sean debidamente registrados y computados a tiempo.

El escrutinio total de las papeletas emitidas en un proceso de este tipo puede provocar que los resultados definitivos se demoren algo más, especialmente en el caso del voto por correo, si bien es cierto que habitualmente es posible formular unos primeros pronósticos entre los que oscilarán los resultados definitivos una vez se computen.

Uno de los elementos que precisan ser controlados en un proceso de votación anticipada son los materiales de votación. Por una parte, es importante que las papeletas de votación que hayan sido empleadas sean debidamente custodiadas hasta el inicio del escrutinio. Cuando las papeletas estén contenidas en sobres sellados, es preciso crear condiciones que garanticen el secreto del voto y el anonimato del elector. Asimismo, todos los materiales que no fueron utilizados deben igualmente ser conservados en condiciones de seguridad tanto antes como después de la votación (Red de Conocimientos Electorales).

Esta posibilidad se contempla en múltiples países en su modalidad de voto por correo, si bien también se contempla de forma presencial en países como Malasia o Canadá. En este último país, la ley permite la participación por adelantado, así como también emitir voto por correo. Del mismo modo, para aquellos ciudadanos cuya libertad deambulatoria se vea restringida –penados en instituciones penitenciarias, enfermos ingresados en hospitales-, la ley ofrece la posibilidad de votar mediante papeletas especiales o a través de un sistema de unidades móviles de votación que recorren estos lugares (Kingsley, 2011 :78).

En Canadá, además, la normativa electoral permite que la votación anticipada se desarrolle en determinados lugares habilitados ad hoc entre el décimo y el séptimo día previo a la jornada electoral, es decir, el fin de semana anterior a la jornada electoral fijada, o bien en cualquier oficina de la agencia responsable del proceso electoral desde que se convocan las elecciones. De igual modo, se contempla el voto presencial durante la jornada convocada, o la posibilidad de que los votantes puedan solicitar una credencial especial para votar por correo desde dentro o fuera del país.

Kingsley, Jean-Pierre (2011). “Sistema Electoral Canadiense: Una revisión de la legislación”, en Justicia Electoral, 7, pp. 73-84.

Nohlen, Dieter et al. (eds.) (2007). Tratado de Derecho electoral comparado de América Latina. México D.F.: Fondo de Cultura Económica.

Santolaya, Pablo (1991). Manual de Procedimiento Electoral. Madrid: Ministerio del Interior, Subdirección General de Estudios y Documentación.